×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Imprimir esta página

Consejo de Estado negó demanda presentada por la Pan Airlines S.A., contra la Aerocivil, pues la no autorización expresa para construir una vía, objeto de la controversia, no generó un desequilibrio financiero del contrato de arrendamiento

Escrito por  Feb 22, 2021

En un contrato obra pública suscrito entre la Aerocivil y Pan Airlines Representaciones S.A debieron ceñirse a los principios y reglas del Estatuto General de Contratación, no en el marco de un contrato de arrendamiento. a Aerocivil publicó un aviso de subasta para dar en arriendo un antiguo edificio de bodegas, ubicado en inmediaciones del aeropuerto El Dorado de Bogotá.

En la convocatoria respectiva, la entidad señaló que el edificio se encontraba en avanzado estado de deterioro, por lo que el arrendatario debía proceder a su reconstrucción. Dado que la inversión para esa reconstrucción correría a cargo del arrendatario, los costos respectivos serían amortizados con descuentos a los cánones de arrendamiento, que el tomador del edificio comenzaría a pagar una vez culminadas las obras de reestructuración. Para la Sala, la sociedad Pan Airlines Representaciones S.A. está legitimada en la causa por activa, por cuanto el debate se centra en el supuesto incumplimiento y desequilibrio económico del contrato de arrendamiento.

Descargar documento