territorialmente, para que fomenten el desarrollo. mediante las Resoluciones 164 y 165 de 2015 se establecieron los procedimientos y plazos de liquidación, el precio base de liquidación de regalías generadas por la explotación de crudo y gas (respectivamente) y el manejo de anticipo de liquidación de regalías y se dictaron otras disposiciones, en las cuáles se estableció en cabeza de la Empresa Comercializadora o el
Operador del campo productor, la obligación del pago de regalías dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de radicación del documento de cobro que expida la ANH para tal efecto, para el caso de crudo y cinco (5) días hábiles para el caso de gas.