Los fabricantes, formuladores, envasadores e importadores de coadyuvantes de uso agrícola deberán cumplir con las siguientes obligaciones: Fabrica y envasar los coadyuvantes de uso agrícola, únicamente en los sitios registrados ante el ICA. Almacenar los coadyuvantes de uso agrícola bajo condiciones técnicas y de seguridad inherentes al tipo de producto. Abstenerse de comercializar productos que no cuenten con el correspondiente registro de venta otorgado por el ICA. Contar con asesoría técnica permanente para las actividades inherentes al respectivo registro. Entre otras.