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Consejo de Estado denegó demanda de nulidad del acto de elección del director general de CORMACARENA para el período 2020-2023

Escrito por  Feb 12, 2021

Como en la demanda se hace referencia a la Circular 1000-2-115203 del 27 de noviembre de 2006 del Ministerio de Ambiente, tal como se dijo en el auto por medio del cual se resolvió la medida cautelar, se reitera que la misma no es aplicable. Así las cosas, por no existir legislación especial para las corporaciones autónomas, el régimen aplicable es el previsto en el Decreto

1083 de 2015 y en consecuencia, se tiene por experiencia relacionada es la adquirida en el ejercicio de empleos o actividades que tengan funciones similares a las del cargo a proveer.

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Modificado por última vez en Viernes, 12 Febrero 2021 08:18