Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Concepto de la SDP sobre la autorización de ubicación del Patio Transitorio del SITP a ser ubicado en el lote “Los Majadores”

Escrito por  Ene 29, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la SDP, el Patio Transitorio del SITP a ser ubicado en el lote Los Majadores, hace parte de la Unidad de Planeamiento Rural – UPR Norte.

Cabe señalar igualmente, que el Decreto Nacional 1077 de 20152, que compiló lo estipulado por los Decretos Nacionales 097 de 2006, 3600 de 2007 y 1469 de 2010, normas que disponen aspectos relevantes para la reglamentación del suelo rural a nivel nacional y que constituyen referente de superior jerarquía para el contenido de las unidades de planeamiento rural como instrumento de planificación de esta clase de suelo en el Distrito Capital, establece que cuando no se contemple en el Plan de Ordenamiento Territorial la Unidad de Planificación Rural que desarrolle y precise las condiciones de ordenamiento de dichas áreas; se hará a través de la Unidad de Planeación de Planificación Rural por las autoridades de planeación distrital o por la comunidad, las cuales se adoptarán mediante decreto del alcalde distrital.

Descargar documento