El Consejo de Estado declaró procedente dictar sentencia anticipada en la demanda del Ministerio de Ambiente contra la designación del director general encargado de la CAR Quindío para el período 2024-2027, porque se acreditaron las circunstancias del artículo 182A del CPACA que permiten este procedimiento. La demanda cuestiona la legalidad de la designación contenida en el Acuerdo 006 del 15 de agosto de 2024, alegando irregularidades como la falta de inclusión en el orden del día, la ausencia del cuórum requerido y la intervención de consejeros con recusaciones pendientes. El Consejo consideró que el trámite anticipado es procedente para resolver con prontitud el litigio debido a la claridad y suficiencia de las pruebas aportadas y a la existencia de temas procesales definidos.