El Consejo de Estado confirmó la caducidad del medio de control interpuesto por Aguas del Magdalena S.A. E.S.P. en relación con el convenio interadministrativo de cooperación y apoyo financiero para la ejecución del Plan de Agua Potable y Alcantarillado 2005-2015. La demanda fue presentada fuera del término legal de dos años contado desde la terminación del convenio, que ocurrió el 7 de junio de 2016 con el pago total del crédito externo celebrado con la Corporación Andina de Fomento (CAF). La Sala precisó que las normas procesales son de orden público y deben cumplirse obligatoriamente, por lo que no procedió la acción judicial por haberse interpuesto extemporáneamente. En consecuencia, se confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo del Magdalena y se condenó en costas a la parte demandante.