El marco tarifario para el servicio público domiciliario de aseo en zonas rurales se fundamenta en la Ley 142 de 1994, que establece principios de eficiencia, solidaridad y libertad regulada. La Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) ha diseñado metodologías tarifarias diferenciadas para prestadores según el tamaño y contexto, con un umbral de 5.000 suscriptores que define regímenes distintos. En zonas rurales y centros poblados dispersos se aplica libertad vigilada con fórmulas tarifarias adaptadas que consideran condiciones socioeconómicas, geográficas y logísticas. Además, se incluyen mecanismos para garantizar tarifas justas y accesibles, como el sistema de subsidios y contribuciones y regímenes diferenciales para prestadores pequeños, asegurando equidad y proporcionalidad en tarifas para comunidades vulnerables.