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Consejo de Estado confirmó decisiones de Corpoboyacá y la ANM que ordenaron la suspensión de actividades de la ladrillera Rocamar por operar sin permiso de emisiones atmosféricas

Escrito por  Jun 26, 2025

El caso giró en torno al cierre de la ladrillera Rocamar, producto de un cambio de uso del suelo en la zona donde opera, decidido por el municipio de Cómbita, aunque esa competencia correspondía a Corpoboyacá. El demandante alegó que no fue notificado en el proceso y, debido a esa negativa de certificar el suelo como industrial minero, no pudo obtener el permiso ambiental necesario, lo que llevó a la suspensión de sus actividades. También señaló que la Agencia Nacional de Minería demoró en conceder una cesión de área, y que Corpoboyacá incumplió su deber de supervisión. La demanda, presentada como reparación directa por daño especial, cuestionó la legalidad de los actos administrativos involucrados, argumentando falta de competencia y violación del debido proceso. La Sala concluyó que, al ser el daño originado en actos administrativos concretos, el medio judicial adecuado no era la reparación directa sino la nulidad y restablecimiento del derecho, pues el acto impugnado no ha sido anulado ni revocado por la Administración.

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Modificado por última vez en Jueves, 26 Junio 2025 14:09