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MiinMinas precisó contexto normativo de la servidumbre petrolera, específicamente, en avalúo de inmuebles

Escrito por  May 06, 2025

La servidumbre petrolera en Colombia está regulada principalmente por el Código de Petróleos (Decreto Ley 1056 de 1953) y la Ley 1274 de 2009. La industria petrolera es declarada de utilidad pública, permitiendo la ocupación de terrenos para infraestructura necesaria. El procedimiento para avalúo de servidumbres contempla dos etapas: negociación directa entre el operador y propietario, y, si no hay acuerdo, una fase judicial ante el juez civil municipal, donde un perito designado tasará la indemnización. El avalúo debe considerar daños y perjuicios integrales sobre el predio, sin tomar en cuenta el potencial económico del proyecto petrolero o del operador. Las indemnizaciones son proporcionales al grado de afectación y las decisiones deben registrarse en la Oficina de Instrumentos Públicos. La normatividad aplicable se complementa con disposiciones civiles en aspectos no regulados expresamente.

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Modificado por última vez en Lunes, 05 Mayo 2025 21:45