El Tribunal determinó que las resoluciones emitidas por la administración municipal presentaban una falsa motivación, dado que no se demostró de manera convincente que la situación financiera del municipio impidiera cumplir con sus obligaciones contractuales. Además, el Consejo observó desorganización administrativa y presupuestal en el municipio que no justificaba la medida adoptada. Debido a la falta de fundamentos legales válidos para la terminación unilateral, se ordenó el restablecimiento del derecho, lo que implica la compensación económica a la empresa por los perjuicios sufridos.