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Consideraciones de MinEnergía sobre el acceso a créditos de FINDETER para personas naturales en proceso de legalización o formalización minera

Escrito por  Mar 12, 2025

Esta Cartera Ministerial hizo precisiones sobre el acceso a los créditos de FINDETER para personas naturales en proceso de legalización o formalización minera, en relación con el Decreto 1638 de 2023. Este decreto permite líneas de crédito de redescuento con tasa compensada, pero excluye a estas personas como beneficiarias. La legalización de minería de hecho está regulada por la Ley 685 de 2001, que establece plazos para solicitar concesiones, ya vencidos, y la Ley 1955 de 2019, que permite que las solicitudes previas hasta el 10 de mayo de 2013 continúen su trámite.

Estos marcos legales buscan formalizar actividades mineras informales y proteger derechos ambientales. Aunque los mineros en proceso de legalización no pueden acceder a los créditos actuales, FINDETER planea desarrollar líneas de crédito específicas para ellos. En general, los explotadores mineros autorizados pueden acceder al sistema financiero, según la Ley 2177 de 2021, estableciendo un camino para el acceso a financiamiento en proyectos de minería formal.

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Modificado por última vez en Martes, 11 Marzo 2025 18:48