La Entidad se centra en la aplicación del artículo 35 del Decreto-Ley 19 de 2012, que regula la renovación de permisos para el uso de recursos naturales renovables. Este artículo establece que, si un permiso se solicita dentro de los plazos establecidos y se cumplen todos los requisitos, su vigencia se prorroga hasta que la entidad competente tome una decisión sobre la renovación. La duración de los permisos no debe exceder de diez años, de acuerdo con el Código de Recursos Naturales (Decreto Ley 2811 de 1974), y pueden ser prorrogables por períodos menores. Además, se enfatiza que las licencias ambientales deben incluir todas las autorizaciones necesarias para el uso de los recursos durante la vida útil del proyecto, asegurando que su aprovechamiento se realice conforme a la normativa y en armonía con la conservación ambiental, previniendo el deterioro de los ecosistemas y garantizando el interés público.