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Consejo de Estado ordenó a la Corporación Autónoma Regional del Cauca revocar la multa impuesta a Serviaseo S.A. E.S.P. por la disposición inadecuada de residuos sólidos en el relleno sanitario “El Ojito”

Escrito por  Feb 03, 2025

El Consejo de Estado ordenó a la Corporación Autónoma Regional del Cauca revocar la multa impuesta a SERVIASEO S.A. E.S.P. debido a la falta de sustento adecuado y la irregularidad en el proceso administrativo sancionador. En la sentencia, se determinó que la multa de $203.834.400 fue impuesta sin una fundamentación suficiente, ya que la empresa había reconocido la infracción en relación con la disposición de residuos sólidos en un área no autorizada del relleno sanitario "El Ojito" (Bloque 2, terraza 4). Sin embargo, el Consejo concluyó que la sanción debió balancear el principio de precaución, considerando que no se había concretado un daño ambiental, lo cual requirió un análisis más profundo sobre la capacidad sancionatoria.

Además, las actuaciones previas no respetaron adecuadamente los derechos de defensa y debido proceso reconocidos en la legislación ambiental y administrativa. Por ende, la nulidad de los actos administrativos sancionatorios, junto con la orden de eliminar el registro de infractores ambientales de SERVIASEO, se fundamenta en estas disposiciones legales y los principios del derecho administrativo, garantizando el respeto a los derechos de la empresa implicada.

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