Los interesados en realizar esta actividad deben ajustarse a las regulaciones expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), particularmente las Resoluciones CREG 024 de 2015 y CREG 174 de 2021, que regulan la autogeneración a gran y pequeña escala, respectivamente. No es necesario realizar trámites de aprobación ante la CREG; el proceso de conexión debe gestionarse directamente con el Operador de Red correspondiente. Además, el consultante debe informarse también sobre aspectos tributarios aplicables.