Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

Consejo de Estado: régimen jurídico de los convenios de asociación y contratos de fomento, y la caducidad en estas figuras

Escrito por  Feb 04, 2025

El Consejo de Estado, en su providencia, precisa que los convenios de asociación se rigen por el derecho privado, diferenciándose de los contratos de fomento pese a que ambos persiguen objetivos similares en la colaboración entre entidades estatales y particulares. Aunque los contratos y los convenios tienen diferentes finalidades, el régimen jurídico aplicable es el mismo conforme al artículo 96 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 777 de 1992, que los sujeta a normas de contratación entre particulares.

En cuanto al conteo de la caducidad en contratos estatales sometidos al derecho común, la jurisprudencia presenta posturas divergentes especialmente cuando se ha pactado la liquidación unilateral. En este contexto, se argumenta que esta facultad debe estar fundamentada en la ley y no puede ser atribuida unilateralmente por las partes, limitando así su aplicación en el cómputo de plazos de caducidad. El Consejo resalta el principio pro actione, que promueve el acceso a la justicia, sugiriendo que el término de caducidad debe contarse desde el vencimiento del plazo convenido para la liquidación bilateral, ya que la liquidación unilateral no se considera válida.

Descargar Documento