Los proponentes, tanto nacionales como extranjeros, deben cumplir con requisitos habilitantes establecidos en la Ley 1150 de 2007 y en los pliegos de condiciones para participar en procesos de selección. Estos requisitos son condiciones mínimas que deben ser acreditadas mediante documentos válidos, y su incumplimiento puede llevar a la exclusión del proceso. Los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia deben inscribirse en el Registro Único de Proponentes (RUP) si desean celebrar contratos estatales, salvo en casos específicos de excepción.
Además, si la entidad estatal lo requiere, los proponentes deben presentar antecedentes fiscales y otros documentos que demuestren su idoneidad. La verificación de estos requisitos es responsabilidad de la entidad contratante, y los proponentes tienen derecho a subsanar cualquier defecto en la documentación presentada. La selección debe ser objetiva, priorizando la oferta más favorable para la entidad, sin considerar factores subjetivos.
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