El Consejo de Estado negó la nulidad de los actos administrativos de la Agencia Nacional de Minería (ANM) que rechazaron el cambio de modalidad de licencia de explotación solicitado. Primero, constató que las resoluciones demandas estaban vigentes y produciendo efectos jurídicos, ya que no habían sido objeto de nulidad judicial. Además, el demandante no logró demostrar adecuadamente los argumentos de violación al marco normativo aplicable, especialmente en cuanto a la falta de competencia, ya que los actos cuestionados sí cumplían con los requisitos legales para su emisión. La falta de claridad en el sustento jurídico del pedido de medida cautelar y el incumplimiento en la demostración de un quebrantamiento del marco jurídico también jugaron un papel crucial en la decisión del Consejo, que determinó que no era procedente suspender los efectos de las resoluciones impugnadas.