La Corte abordó la vulneración de derechos fundamentales de una trabajadora, María, quien fue excluida de un proceso de selección laboral por no estar vacunada contra el COVID-19. La Corte determinó que esta exigencia no estaba justificada desde la perspectiva constitucional, ya que no se encontraba prevista en la normativa de la empresa y no era necesaria para el cargo ofertado. Se argumentó que existían alternativas efectivas para prevenir la propagación del virus, como el uso de tapabocas y el distanciamiento social, que no afectaban el libre desarrollo de la personalidad. La decisión subraya la importancia de proteger los derechos al debido proceso, al trabajo y a la igualdad, y establece que las medidas de salud deben ser razonables y no discriminatorias. La Corte reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales en el contexto de la pandemia, promoviendo un equilibrio entre la salud pública y los derechos individuales.