La Corte amparó los derechos de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. (ISA) al determinar que la construcción de la línea de transmisión de energía Copey-Cuestecitas 500 kV y Copey-Fundación 220 kV es de interés social y utilidad pública. Esto se fundamenta en la existencia de una servidumbre de infraestructura, que permite a las empresas de servicios públicos llevar a cabo las obras necesarias para la prestación de sus servicios, garantizando así el acceso a la energía eléctrica y el cumplimiento de objetivos de desarrollo social.