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¿Para una empresa que se dedica a la comercialización de residuos aprovechables como cartón, papel, plástico, vidrios, chatarras, etc., es obligatorio estar registrada ante la Superintendencia de Servicios Públicos?

Escrito por  Oct 29, 2024

En el presente concepto la SSPD clarifica las obligaciones de registro y las actividades permitidas para los prestadores de servicios de aprovechamiento de residuos, asegurando que estas actividades se realicen dentro del marco legal establecido indicando que, para una empresa que se dedica a la comercialización de residuos aprovechables es obligatorio estar registrada ante la SSPD.

Según la normativa aplicable, esto incluye a aquellas que se dedican exclusivamente a la recolección y transporte de residuos aprovechables, asegurando así que operen dentro del marco legal y regulatorio establecido.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Octubre 2024 23:04