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Cómo disminuir el capital social con el efectivo reembolso de aportes a los asociados: SuperSociedades

Escrito por  Oct 22, 2024

La Entidad indicó que, una vez adoptada la decisión por el máximo órgano social de disminuir el capital social con el efectivo reembolso de aportes a los asociados, solo se requerirá la autorización expedida por la Superintendencia de Sociedades para, luego de protocolizar tal reforma estatutaria, en los eventos que legalmente así se requiera, inscribir la escritura pública que da cuenta de la misma en el Registro Mercantil. En la sociedad por acciones simplificada puede obviarse la protocolización de la reforma. Así y en el contexto especifico de la pregunta, no se requiere que con posterioridad a la expedición de la autorización por parte de esta entidad el máximo órgano social se integre para efectuar refrendación alguna de su decisión de disminuir el capital con efectivo reembolso de aportes.

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Modificado por última vez en Lunes, 21 Octubre 2024 22:18