Este decreto establece una medida de salvaguardia provisional para las importaciones de barras de hierro o acero corrugadas, en respuesta a las solicitudes de empresas del sector siderúrgico. Se fijó un contingente de 29,529 toneladas anuales, se aplicó un arancel del 14.5% a las importaciones que superen este límite. Esta decisión se basa en un análisis técnico que indica que las importaciones a precios bajos afectan la producción nacional. La medida se enmarca en la normativa de la Comunidad Andina y tendrá una vigencia de dos años. El objetivo es proteger la industria local y asegurar su competitividad. El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación oficial.