La Oficina Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras aclara que la edad mínima para que campesinos y trabajadores rurales se postulen a programas de acceso a tierras es de 16 años, sin prohibiciones para su inscripción. Los mayores de 14 años pueden presentar documentos directamente, sin necesidad de representantes legales. Se sugiere seguir los procedimientos establecidos para la valoración y puntuación de aspirantes, conforme a la normativa vigente.
Para la convalidación de actos administrativos de inclusión en el RESO, se recomienda identificar la fecha de expedición de dichos actos. Si han pasado más de dos años, se debe validar la elegibilidad del aspirante antes de decidir sobre el acceso a la tierra. Si los actos son recientes, se sugiere replicar su contenido para mantener la confianza legítima de los administrados y evitar cambios abruptos en sus situaciones jurídicas.
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