Las principales modificaciones introducidas en la Resolución CREG 185 de 2020, según este acto, son las siguientes, entre otras: se permite la contratación de capacidad de transporte de gas natural cuya ejecución inicie después del último trimestre estándar de 2025 y se establece que los contratos de capacidad de transporte que se suscriban y registren para la capacidad disponible primaria de la infraestructura de transporte de gas natural, con fecha de inicio en el último trimestre del año de gas de 2030 o posteriores, deberán incluir una cláusula de ajuste regulatorio. Esta cláusula especificará que, después de ese trimestre, las condiciones contractuales se ajustarán a las disposiciones que determine la CREG.