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Consejo de Estado anuló un aparte de la Directiva de la ANT que había ordenado al Consejo Directivo abstenerse de autorizar la iniciación de procedimientos de adquisición de predios rurales invadidos u ocupados de hecho

Escrito por  Ago 29, 2024

La Sala recalcó que el artículo 12.20 de la Ley 160 de 1994 otorga la competencia al Consejo Directivo de la ANT a “autorizar, en casos especiales la iniciación de los procedimientos de adquisición de predios rurales invadidos, ocupados de hecho o cuya posesión estuviere perturbada por medio de violencia”. En contraposición, la Directiva demandada (Directiva 1 del 30 de abril de 2020) ordenaba a las dependencias, de manera general y sin excepción alguna, “abstenerse de realizar la adquisición de inmuebles con conflictos por invasiones u ocupaciones de hecho”, además de ordenar suspender los procesos que se estén adelantando. En conclusión, la Ley otorgó una competencia y la Directiva estableció una prohibición absoluta, sin excepciones, con lo cual cercenó por completo la competencia de origen legal.

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Agosto 2024 19:01