La SSPD reiteró que los subsidios se otorgarán a los usuarios de inmuebles residenciales y a las zonas rurales de los estratos 1, 2 y 3, este último, bajo las condiciones señaladas por las Comisiones de Regulación por expresa disposición legal. De manera general, los subsidios podrán cubrir, según la normativa aplicable a cada servicio: i) el consumo básico o consumo de subsistencia, ii) el cargo fijo y (iii) los costos de conexión domiciliaria, a cometida y medidor.