A través de la presente Resolución, la UPME estableció los límites máximos de potencia y dispersión de Autogenerador Colectivo y Generador Distribuido Colectivo aplicando las siguientes definiciones: Autogeneración colectiva (AGRC), Generación Distribuida Colectiva (GDC), Autogenerador colectivo (AC) y Mercado de comercialización. Puede conocer más detalles sobre esta decisión consultando el documento original publicado por la entidad.