De acuerdo con el concepto de la CREG, el área de influencia de un operador de red, OR, es el mercado de comercialización atendido por este OR y corresponde a aquella donde este agente atiende usuarios con los activos utilizados para la prestación del servicio de distribución de energía eléctrica que son remunerados con los ingresos aprobados con la metodología de la Resolución CREG 015 de 2018. Esta área puede corresponder a uno o más municipios y la información sobre los nombres de los municipios donde están instalados esos activos la manejan los OR.