La Entidad reiteró que de acuerdo con el CST los siguientes pagos integran el salario: primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, horas extras, recargos diurnos o nocturnos, remuneración por trabajo dominical y festivo, porcentajes sobre las ventas, comisiones de cualquier tipo, viáticos permanentes por manutención y alojamiento. “Cuando el salario sea variable, las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan.”