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Precisiones de MinMinas sobre el registro de concesión salinífera de Zipaquirá en folios matrículas inmobiliarias afectadas

Escrito por  Ene 23, 2024

La Entidad reitera su petición sobre la supuesta obligatoriedad atribuible al Ministerio de Minas y Energía, de registrar en los folios de matrícula inmobiliaria de los inmuebles correspondientes, la explotación minera autorizada por la Autoridad Minera (en su oportunidad el Ministerio de Minas y Energía) a través de la suscripción del Contrato de Concesión 01 de 2008. No es responsabilidad al Ministerio de Minas y Energía por el hecho de no haber realizado el registro del Contrato de Concesión en los folios de matrícula inmobiliaria de los predios afectados a la Concesión. “Pretender atribuir responsabilidad a la no inscripción del Contrato de Concesión en los folios de matrícula inmobiliaria, a pesar de haberse efectuado en el Registro Minero, como ordena la Ley, indicando supuestas afectaciones económicas a los concesionarios, o dependencia de la oferta interna de sal a importaciones, entre otros, es desconocer lo establecido en el Código de Minas”.

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Modificado por última vez en Lunes, 22 Enero 2024 23:47