ambiental se pronuncie con respecto a la reclamación, el citado artículo precisa que: “(…) las diferencias frente a los valores cobrados se abonarán o cargarán en la siguiente factura”. Por ello, en el momento que el prestador cuente con la siguiente factura a la cual se haya abonado o cargado la diferencia resultante del reclamo de la vigencia anterior, esta deberá ser trasladada vía tarifa”.