de regulación respectiva, (III) los funcionarios de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, (IV) quienes reciban el servicio en forma fraudulenta y (V) aquellos que soliciten la conexión en áreas en donde las condiciones sanitarias, ambientales o de alto riesgo para las personas impidan la prestación del servicio por consideraciones de interés general.