medios exceptivos denominados ‘DRUMMOND LTDA se beneficia del servicio de alumbrado público y DRUMMOND LTDA es sujeto pasivo del impuesto de alumbrado público’” y negó las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. Así mismo, se tiene que, al analizar el recurso de apelación interpuesto, la Sección Cuarta del Consejo de Estado, por medio de fallo de 27 de agosto de 2020, confirmó la anterior decisión.