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SuperSociedades hizo precisiones en cuanto a la normatividad aplicable al cambio de periodo fiscal en Colombia -diferente al 31 de diciembre- y sus implicaciones con relación a la presentación obligatoria de informes ante esta entidad

Escrito por  Ene 24, 2023

De acuerdo con lo indicado en el concepto 231703-2022, la entidad precisó que el artículo 34 de la Ley 222 de 1995, señala que, a fin de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año, el 31 de diciembre, las sociedades deberán cortar sus cuentas y preparar y difundir

estados financieros de propósito general, debidamente certificados. Tales estados se difundirán junto con la opinión profesional correspondiente, si ésta existiere”.

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