Ministerio Público desconoció el deber de incorporar en su razonamiento probatorio un enfoque diferencial con perspectiva de género de conformidad con la Constitución.
La ciudadana presentó tutela contra las decisiones de la Procuraduría General de la Nación que, en primera y segunda instancia, declararon no probados los cargos formulados al presunto acosador en un proceso disciplinario iniciado en su contra. La Corte advirtió que el
Ministerio Público desconoció el deber de incorporar en su razonamiento probatorio un enfoque diferencial con perspectiva de género de conformidad con la Constitución.