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MinSalud modificó disposiciones relacionadas con el plazo para que los prestadores inscritos en el REPS lleven a cabo la actualización del “portafolio de servicios y realizar la autoevaluación de las condiciones de habilitación”

Escrito por  Sep 13, 2022

El MinSalud modificó el parágrafo transitorio del artículo 17 de la Resolución 3100 de 2019 modificado por la Resolución 1138 de 2022, el cual quedará así: "Artículo 17. Plan de visitas de verificación. Las secretarías de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a

cargo dichas competencias, con una periodicidad anual, formularán y ejecutarán un plan de visitas a los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS, con el objeto de verificar el cumplimiento y mantenimiento de las condiciones de habilitación. El plan deberá estar formulado a más tardar el 30 de noviembre de la vigencia anterior en la cual será ejecutado y deberá ser registrado en el REPS hasta el 20 de diciembre del mismo año. La Superintendencia Nacional de Salud verificará el cumplimiento del registro del plan, así como su ejecución posterior, para lo cual tendrá acceso al REPS.”

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