áreas estén libres de todo residuo sólido, esparcido o acumulado que pueda ser removido.
Quedó dispuesto que, los responsables de la actividad de barrido y limpieza de vías y áreas públicas, como actividad complementaria del servicio público de aseo son las personas prestadoras de dicho servicio. Esta labor comprende un conjunto de acciones tendientes a que estas
áreas estén libres de todo residuo sólido, esparcido o acumulado que pueda ser removido.