Vivienda, del Director de Fonvivienda y del Director de la Unidad para las Víctimas, asuma la coordinación de la respuesta institucional e imparta las instrucciones necesarias para asegurar el cumplimiento de las órdenes octava, novena, décima y undécima de la Sentencia SU-016 de 2021. El cumplimiento de dichas órdenes deberá hacerse en dos meses”.