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SSPD se pronunció reiterando el término de 15 días con el que cuentan las empresas prestadoras para resolver PQR's

Escrito por  Jun 28, 2022

La SSPD reiteró que los prestadores de servicios públicos domiciliarios tendrán la obligación de resolver las peticiones, quejas y recursos que presenten los suscriptores o usuarios en desarrollo de la ejecución del contrato de servicios públicos, dentro del término de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de su presentación.

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Modificado por última vez en Viernes, 24 Junio 2022 14:29