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DIAN analizó el procedimiento para realizar la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta de una sociedad absorbida, luego de la cancelación de su RUT, producto de un proceso de fusión

Escrito por  Jun 23, 2022

A través del presente concepto se indicó que una sociedad absorbente que venía declarando cuatrimestralmente sigue declarando cuatrimestralmente durante el año vigente, aún después de la fusión. Sin embargo, para el año siguiente, que en la hipótesis planteada sería el 2023, si la entidad resultante del proceso de fusión realiza

efectivamente exportaciones o considera realizar exportaciones (u otras operaciones exentas del IVA en los términos de los artículos 477 o 481 del Estatuto Tributario), deberá efectuar el cambio de periodicidad a bimestral con la presentación de la primera declaración de 2023.

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