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Concepto del MinMinas sobre la connotación de utilidad pública e interés social de los planes, proyectos y ejecución de obras para la generación y transmisión de energía

Escrito por  Jun 17, 2022

De acuerdo con el presente concepto, la connotación de utilidad pública e interés social de los planes, proyectos y ejecución de obras para la generación y transmisión de energía está determinada en la ley y no requiere de acto administrativo para que los proyectos sean considerados como tal. La declaratoria formal mediante acto

administrativo expedido por el Ministerio de Minas y Energía, solo resulta necesaria cuando el beneficiario de tal declaratoria pretenda desarrollar los efectos determinados en artículos 10, 11 y 18 de la Ley 56 de 1981, y de ninguna manera resulta necesaria para entender que un proyecto de generación, transmisión o distribución de energía eléctrica cuenta con la connotación de utilidad pública.

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