suministre, so pena de que el desconocimiento de tales prerrogativas pueda conllevar a una posible investigación y sanción por parte de la SSPD.
Quedó dispuesto que, los usuarios podrán adquirir los instrumentos de medición respectivos a quien a bien tengan y el prestador de los servicios públicos deberá aceptarlo, siempre y cuando reúnan las características técnicas estipuladas en el contrato de condiciones uniformes. En este sentido, el usuario podrá escoger libremente el instrumento de medición y la persona que se lo
suministre, so pena de que el desconocimiento de tales prerrogativas pueda conllevar a una posible investigación y sanción por parte de la SSPD.