mensual serán considerados como pequeños generadores o productores”.
“Aquellos suscriptores y/o usuarios no residenciales que generen y presenten para la recolección un volumen igual o superior a un (1) m3 mensual deberán ser catalogados como grandes generadores o productores y el cobro de la tarifa por la actividad de aprovechamiento estará en función del aforo de los residuos generados. Aquellos que generen un volumen inferior a (1) m3
mensual serán considerados como pequeños generadores o productores”.