resuelta, le da la posibilidad al reclamante de interponer los recursos de reposición ante el prestador, y subsidiariamente el de apelación ante esta Superintendencia."
La SSPD aclaró que "los suscriptores y usuarios de los servicios públicos, cualquiera sea su calidad, pueden controvertir algunas decisiones de los prestadores, esto es, las que versen sobre “actos de negativa del contrato, suspensión, terminación, corte y facturación que realice la empresa”, a través de la presentación de la reclamación pertinente ante el prestador, la cual, una vez
resuelta, le da la posibilidad al reclamante de interponer los recursos de reposición ante el prestador, y subsidiariamente el de apelación ante esta Superintendencia."