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SuperNotariado emitió circular sobre la aplicación del régimen para el ejercicio de la capacidad legal de personas con discapacidad

Escrito por  May 11, 2022

La SuperNotariado anunció que registradores de instrumentos públicos del país den cumplimiento a lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1996 de 2019, considerando que ya se encuentran en vigencia la formalización de acuerdos de apoyo y de directivas anticipadas y, por lo tanto, deberán verificar si en la escritura pública que contenga un acto jurídico que involucre un bien

inmueble y que sea presentada para registro existe referencia que para la celebración de dicho acto se utilizó determinado apoyo.  De existir tal referencia, la Oficina de Registro de Registro de Instrumentos Públicos deberá dejar constancia en la respectiva anotación en el folio de matrícula inmobiliaria en “comentario” que para la celebración del acto jurídico correspondiente se utilizó apoyo de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1996 de 2019.

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