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Reiteración de jurisprudencia del Consejo de Estado sobre la configuración del “contrato realidad”

Escrito por  May 09, 2022

La Sala reiteró que el denominado contrato realidad, se configura cuando “se constata en juicio la continua prestación de servicios personales remunerados, propios de la actividad misional de la entidad contratante, para ejecutarlos en sus propias dependencias o instalaciones, con sus elementos de trabajo, bajo sujeción de órdenes y condiciones de desempeño que desbordan las

necesidades de coordinación respecto de verdaderos contratistas autónomos para configurar dependencia y subordinación propia de las relaciones laborales”.

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