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CE condenó a la Policía, con ocasión de un contrato en el que dos de los obreros, al encontrarse pintando la fachada, el andamio hizo contacto con cables de energía y ocasionó una descarga eléctrica que causó la muerte a uno y lesiones al otro

Escrito por  Mar 23, 2022

La Sala observó que el accidente evidenció el incumplimiento de los deberes de cada una de las partes que celebraron el contrato de obra, tal como la falta de cuidado del contratista con sus trabajadores, que desempeñaban labores en condiciones de riesgo sin ningún tipo de seguridad.

Se analizó si la entidades demandadas incurrieron en una falla del servicio relacionada con el resultado dañoso por el que reclaman los familiares de las víctimas y concluyó, en primera medida, que la Empresa de Energía del Pacífico -EPSA E.S.P.-, no incurrió en falla alguna, pues la causa del accidente fue ajena a la actuación de la propietaria de las redes de energía, ya que encontró demostrado que la instalación eléctrica estaba acorde con la distancia reglamentaria para garantizar la seguridad de los ciudadanos.

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