al emplazamiento para declarar y en el recurso de reconsideración contra la liquidación oficial de aforo y la resolución sanción. No obstante, la validez del pago no es un asunto propio o exclusivo del procedimiento de determinación, también lo es de la exigibilidad de la obligación. Por esto es por lo que el artículo 831 del Estatuto Tributario autoriza la interposición de la excepción de pago efectivo en contra del mandamiento de pago”.