hacen insegura la instalación eléctrica para la comunidad educativa, especialmente para los menores de edad”.
La Corte ordenó a la Compañía Energética de Occidente y a la Unidad de Planeación Municipal de La Sierra, Cauca, a que “disponga lo conducente para evaluar los riesgos por el incumplimiento de las distancias mínimas de seguridad establecidas en el artículo 13 del RATIE, que permita determinar sus factores, si es real o potencial, y las decisiones a adoptar que eliminen las condiciones que
hacen insegura la instalación eléctrica para la comunidad educativa, especialmente para los menores de edad”.